El diputado nacional de Unión por la Patria, Ramiro Gutiérrez, presentó un proyecto de ley que agrava las penas a la comercialización y tráfico de órganos humanos, con el objetivo de garantizar y reforzar los derechos de las personas, modificando la actual Ley Nacional 27.447 en sus artículos 3, 44, 45 y 46.
Asimismo, la Ley Nacional 26.842 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas, del año 2012, establece en su articulado que el comercio de órganos forma parte del delito de trata y explotación "f) Cuando se promoviere, facilitare o comercializare la extracción forzosa o ilegítima de órganos, fluidos o tejidos humanos", conforman un delito penal con penas no excarcelables. Por la misma ley, se encuentra entre las funciones del Comité de Lucha contra la Trata y Explotación de Personas la de combatir el tráfico de órganos, tejidos y fluidos.
La nueva normativa, propuesta por el diputado Gutiérrez, define con claridad que comprar, vender o traficar órganos en la Argentina será un delito grave. Sostiene como principio rector “el carácter e interés público” del sistema nacional de donación y trasplantes de órganos para evitar la migración a manos privadas que puedan mercantilizar a las personas y al servicio de salud.
Bajo estos fundamentos, se refuerza penalmente toda la cadena de extracción, comercialización, almacenaje, distribución e implante ilegal de órganos y tejidos humanos.
El proyecto avanza penalmente sobre el determinador, el instigador, el promotor, el facilitador y el partícipe, agregando a la cadena de ilicitud la preparación, el almacenaje, el transporte y el tráfico de órganos y tejidos humanos.
Se suman, además, penalidades para el receptor del órgano de mala fe que a sabiendas del origen ilícito avala la operatoria.
Cabe recordar que, bajo la ley actual, solo los médicos y auxiliares de salud podían cometer esta clase de delitos. Con el nuevo proyecto, ya no habrá más vacíos legales. Ahora, comercializar, participar, almacenar, distribuir o traficar órganos humanos puede ser un ilícito cometido por cualquier persona y será penado con hasta 12 años de prisión.
Los médicos y personal de salud involucrados en estos delitos, además de perder la libertad, serán inhabilitados de por vida para ejercer o auxiliar en el arte de curar.
Se establece como agravante el concurso premeditado de tres o más personas y el tráfico internacional de órganos humanos.
También incorpora como delito agravado la “subasta física y en red de órganos” y el “turismo de comercialización e implante de órganos”. De ahora en más, no sólo será delito extraer los órganos sino también implantarlos ilegalmente.
Esta reforma afianza y garantiza el sistema legal argentino de recepción y defensa de los derechos humanos fundamentales.
Escuchamos en este episodio al diputado nacional de Unión por la Patria, Ramiro Gutiérrez.
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