Mediante Resolución 1997/2023, publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina, la ministra de Salud de la Nación, Carla Vizzotti, aprobó el Plan Nacional de Salud Mental 2023-2027, que fue elaborado de forma participativa, intersectorial, interdisciplinaria y desde una perspectiva federal, en cumplimiento del artículo 31 de la Ley Nacional de Salud Mental 26.657.
El referido artículo indica que “El ministerio
de Salud de la Nación es la Autoridad de Aplicación de la presente ley, a
partir del área específica que designe o cree a tal efecto, la que debe
establecer las bases para un Plan Nacional de Salud Mental acorde a los
principios establecidos.”
Este plan se constituye con el objetivo
central de ser herramienta clave en el cumplimiento del carácter comunitario
que promueve la Ley Nacional de Salud Mental. Se basa en valores, preceptos y
objetivos históricos del campo de la salud mental, que en nuestro país poseen
fuerza de ley a instancias de la Ley Nacional 26.657 y su Decreto Reglamentario
603/2013.
La Dirección Nacional de Abordaje Integral de
la Salud Mental y Consumos Problemáticos (DNAISMYCP) será el área ejecutora y
responsable de su instrumentación y conducción.
Fruto de un trabajo de elaboración colectivo
llevado adelante en 11 rondas consultivas realizadas desde noviembre de 2020 a
marzo de 2021, este Plan Nacional se organiza en torno a 9 ejes de trabajo que
se operacionalizan en objetivos específicos, con sus correspondientes
indicadores y metas.
Los ejes son: Rectoría en Salud Mental; Salud Mental en el Primer Nivel de Atención; Ampliación e Integración intersectorial de la Red de Salud Mental; Salud Mental en el Hospital General; Profundización de la adecuación de los dispositivos monovalentes de internación en Salud Mental hasta la sustitución definitiva; Promoción y Prevención en Salud Mental y Consumos Problemáticos; Transformación de las prácticas; Vigilancia Epidemiológica e Investigación en Salud Mental; y Salud Mental y Apoyo Psicosocial en Emergencias y Desastres.
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